Es evidente que quien quiere defraudar o eludir impuestos busca la fórmula de hacerlo. Y es nuestro deber, como responsables públicos, legislar para evitar que se salgan con la suya.

Nos corresponde legislar en defensa del interés general,  proteger los ingresos fiscales y evitar cualquier fuga. Es de justicia que todos contribuyamos al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo a nuestra capacidad económica y deben existir mecanismos que garanticen el cumplimiento de tal obligación. En la tramitación del proyecto de ley de prevención y de lucha contra el fraude fiscal hemos incorporado potentes medidas para avanzar en garantizar el cumplimiento de tal obligación.

Una de las medidas ha sido la limitación generalizada del uso del efectivo en operaciones en las que al menos una de las partes opera como profesional o empresario. Cierto es que la utilización del efectivo como medio de pago no es exclusivo de operaciones con fines defraudatorios, pero la confidencialidad que aporta su uso es una de las características por las que lo convierte como el medio de pago más utilizado en operaciones de carácter fraudulento o ilícito. Tanto es así que la propia Agencia Tributaria ha destacado de «exitosa» en la lucha contra el fraude la limitación del uso de efectivo a 2500 euros que se hizo hace algunos años. Y por ello, hemos propuesto avanzar en este objetivo reduciendo el límite de su uso a 1000 euros para residentes.

De todos es sabido, la existencia de numerosas situaciones en las que el pago de efectivo es el medio de pago preferido en operaciones donde no media factura. Por lo que asegurar la trazabilidad de la operación es una buena manera de prevenir el fraude y de facilitar las investigaciones fiscales.

No pretendemos luchar contra el efectivo en sí sino contra el uso que se puede hacer del mismo.

Llama la atención que algunos partidos, como el partido popular o el Pedecat, que han sido abiertamente críticos con esta limitación, hayan sido los mismos que hayan presentado enmiendas para eliminar el uso del efectivo en operaciones de un determinado sector. Es cierto que las retiraron en el último momento al ser conscientes de su contradicción pero sólo por el mero hecho de haberlas presentado ya dan a entender que comparten la eficacia de las limitaciones de uso de efectivo en determinadas operaciones. Entre prohibir y mantener el límite actual, parece sensato reducir el límite como hemos hecho.

Algunos aseveran que la medida perjudica a los más pobres pero no es cierto. No prohibimos el uso del efectivo. La mayoría de adquisiciones de uso cuotidiano son inferiores a 1000 euros y gastos extraordinarios de importe superior parece razonable acompañarlos de trazabilidad. El otro día, escuché a alguien decir que «ahora lo que distingue al rico del pobre es que uno paga en efectivo y el otro con tarjeta». No sé si será del todo cierto pero es real que  «hay profesionales con consultas privadas que no saben lo que es tener una tarjeta bancaria» » y son los que menos tienen, los que dependen de una nómina, los que más pagan con tarjeta bancaria».

 

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